El proceso contra los templarios de Castilla

Mientras en Francia el rey estaba dedicado al robustecimiento de su poder central, Fernando IV de Castilla estaba ocupado en someter a señores levantiscos. Por esa razón, en enero de 1308 el ejército real con las mesnadas de nobles, ciudades y órdenes militares asediaba la villa de Tordehumos, donde Juan Núñez de Lara se había refugiado al desobedecer la orden de destierro, cuando llegó la bula del papa que ordenaba el encarcelamiento de los templarios y la incautación de todas sus propiedades.

Asesorado por su madre doña María de Molina, el rey decidió no encarcelar a estos caballeros, que podrían seguir viviendo en sus casas y disponer de sus bienes, con la obligación de guardar los castillos bajo su señorío y obediencia.

El recelo de los templarios

Aleccionado por lo que pasaba en Aragón, donde los templarios se defendían usando los castillos como refugio y garantía, Rodrigo Yáñez, maestre templario de los reinos de la corona de Castilla, desconfiaba de la inicial permisividad del rey. Aunque en estos reinos, al contrario que en Francia y Aragón, no existiera una inquisición que urgiera el cumplimiento de las órdenes del papa temía que, más bien pronto que tarde, el joven rey buscaría en los bienes del Temple la solución a la penuria endémica que afectaba a sus arcas.

Los presentimientos del maestre templario de Castilla y León se realizaron pronto y el rey le convocó para que cumpliera el mandato pontificio y le entregase los castillos. Como no se fiaba del rey ni de sus consejeros, tomó una serie de medidas, a cual más arriesgada, con el objetivo de lograr un juicio justo para sus caballeros, a cambio de la entrega de algunos castillos. Esas maniobras fracasaron y lo único que consiguió fue la enemistad de la familia real, empezando por la reina madre. A partir del mes de agosto de 1308, el rey don Fernando retiró a los templarios concesiones reales que detentaban desde tiempo inmemorial[1], a la vez que empezaba a disponer de sus castillos como propios.

La impaciencia del papa

Siguieron unos meses durante los cuales que el rey estuvo entregado de lleno a una nueva campaña contra el reino de Granada, en la que por primera vez no participarían los caballeros templarios, aunque fuera parcialmente financiada con la venta de algunos de sus castillos a la Orden de Alcántara.

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El papa se impacientaba con la actitud dilatoria del rey don Fernando y no podía entender, y menos tolerar, la pasividad con que los obispos habían abordado el asunto. Así que en octubre de 1309 les recordó los mandatos incumplidos y la obligación de detener a todos los templarios y poner sus bienes bajo la custodia y la administración de una comisión de obispos, hasta que se les juzgue y se les declare inocentes o culpables. Aún pasó medio año más antes para que se iniciara el proceso contra los templarios de los reinos de León y de Castilla.

El 15 de abril de 1310 la comisión pontificia emplazó a 86 templarios de Castilla y León, con sus nombres y cargos a presentarse en Medina del Campo doce días más tarde, a fin de responder individualmente a las acusaciones de que eran objeto. Salvo un pequeño grupo de seis caballeros, detenido por orden del arzobispo de Toledo, casi todos los templarios castellanos continuaban en libertad y seguían viviendo en aquellas de sus encomiendas que no fueran fortalezas importantes, según se puede comprobar en la citación judicial que se les envió[2].

Los interrogatorios de Medina del Campo

En el día señalado, 27 de abril, comenzó del proceso de los caballeros de la Orden del Temple de los reinos de León y Castilla a cargo de una comisión pontificia, que les fue sometiendo a un interrogatorio individual, antes de escuchar a los testigos de cargo. Ninguno de ellos sería torturado.Las 88 preguntas que debieron responder giraban, con diversos matices, en torno a los grandes delitos atribuidos a los templarios franceses: apostasía, sodomía e idolatría, agravados por el secretismo con que rodeaban su vida. Todos negaron las acusaciones que se les había hecho y se declararon inocentes.

Los testigos de cargo fueron cuatro y los tres primeros declararon que no sabían nada acerca de las acusaciones recogidas en el cuestionario y que tampoco habían sido testigos presenciales de los hechos denunciados, sino que su testimonio se basaba en los rumores que corrían entre personas honradas de estas tierras. Más locuaz y expresivo se mostró el último testigo, Rodrigo Rodríguez, criado del rey, que, aún declarando desconocer directamente los hechos concernientes a las acusaciones, se explayó en la repetición de los rumores que había oído y que en su opinión eran suficientes para dudar de la integridad de los templarios de los reinos de Castilla y León.

En las deliberaciones que siguieron a los testimonios de los templarios y de los testigos, los miembros de la comisión pontificia constataron el escaso valor de las declaraciones de éstos últimos, pues las que no eran intrascendentes carecían de credibilidad. Todas ellas habían surgido y se habían propagado a raíz de las calumnias contra la Orden del Temple difundidas en Francia y, de hecho, las reproducían con pequeñas variantes.

A partir de la conclusión de los interrogatorios, cada obispo debería completar la información en su diócesis y aportarla a los dos concilios provinciales correspondientes a las provincias eclesiásticas de la corona de Castilla: Santiago de Compostela en León y Toledo en Castilla.

El concilio de Salamanca

El arzobispo de Santiago de Compostela convocó a los obispos de su demarcación eclesiástica a un concilio provincial, a celebrar en Salamanca a partir del 27 de octubre. Estuvieron presentes los obispos Juan de Lisboa, Vasco de Guarda, Gonzalo de Zamora, Pedro de Ávila, Alfonso de Ciudad Rodrigo, Domingo de Plasencia, Rodrigo de Mondoñedo, Alfonso de Astorga, Juan de Tuy y Juan de Lugo, a los que se unieron los superiores de las órdenes religiosas.

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Capilla de Santa Catalina (catedral vieja), lugar del concilio de Salamanca

En la primera sesión, centrada en el juicio de los templarios, examinaron detenidamente la documentación del interrogatorio de Medina del Campo y los datos recogidos por los obispos en cada diócesis, llegando a las conclusiones siguientes[3]:

  1. “Vistos y examinados todos los informes del proceso de la Orden del Temple con grandísima diligencia y eficacia, este concilio declara que no se encuentra aquí, en los reinos de Castilla y León, que los freires de esta orden sean culpables de las acusaciones que se les han hecho, ni como particulares ni como tal orden. Por el contrario, se ha comprobado que son religiosos de muy buena conducta y mejor fama. Así lo declaramos y manifestamos públicamente ante todos, por Dios y por nuestra conciencia”.
  1. Según el mandato del papa Clemente V, podrían absolver a los freires templarios de estos reinos de cuantas calumnias les acusan, pero los obispos presentes, por respeto a la autoridad del sumo pontífice y en beneficio mismo de la Orden del Temple, consideraron oportuno “reservar ese dictamen para que fuera el mismo papa quien se pronunciara y, de este modo, restaurara su buena fama allí donde se produjo la falsa infamia”.

El pronunciamiento del concilio reconocía la inocencia de los templarios, pero el veredicto no mejoraba la situación precaria que sufrían desde hacía dos años y medio. A petición del maestre Rodrigo Yáñez los obispos consintieron en que los freires templarios de estos reinos pudieran seguir viviendo en sus casas con la obligación de presentarse ante los comisionados pontificios cuando fueran llamados. Los administradores de los bienes incautados a la orden deberían encargarse de su mantenimiento. Y como una consecuencia práctica de la declaración de inocencia, todos los eclesiásticos, clérigos y religiosos debían admitirles en la misa y en cualquier oficio sagrado, so pena de incurrir en los castigos previstos por las leyes de la Iglesia en estos casos.

Con estas palabras se dio por concluida la primera sesión del concilio y la cuestión de los templarios. En los días siguientes los obispos y los comisionados pontificios tratarían otros asuntos pertinentes al buen funcionamiento de las diócesis allí representadas.

Con las resoluciones del concilio de Vienne (1312), que ya vimos en un artículo anterior, la Iglesia dio por cerrado el caso con la supresión de la Orden del Temple.

Conclusión

En cuanto al destino final de los templarios de Castilla, apenas existen noticias. Al parecer la mayoría se incorporó a otras órdenes militares, especialmente a las de Santiago, del Hospital y de Alcántara, aunque es muy probable que algunos pasaran a Portugal, donde pocos años después se integrarían en la Orden de Cristo, creada por el rey don Dionisio en 1319 con los recursos humanos y materiales de los templarios portugueses. Final semejante pudieron tener en Aragón, cuando por iniciativa del rey Jaime II se constituyó la Orden de Montesa en 1317.

El destino de los bienes de los templarios quedó fijado por bula pontificia, según la cual deberían entregarse a la Orden Hospitalaria de San Juan; si bien su propiedad dio lugar a prolongados litigios que duraron décadas. Como se indicó en el caso de Portugal y de Aragón, sirvieron para la fundación de órdenes militares propias bajo el patrocinio real. En Castilla la situación fue mucho más confusa; aquí desde el primer momento del proceso Fernando IV fue apropiándose de castillos y fortalezas, de modo todavía veinte años después de la desaparición del Temple el papa Juan XXII los seguía reclamando

[1] Sin duda, la más importante era la recaudación de la luctuosa, que cedió a la Orden de Santiago. Este impuesto obligaba a la entrega de los caballos de cada caballero de la mesnada real fallecido o, en caso de no tenerlos, al pago de seiscientos maravedíes de moneda nueva. Suponía, por tanto, unos ingresos tan cuantiosos que había justificado la existencia de una encomienda dedicada a ello, con sede en Medina del Campo.
[2] A. Javierre Mur, “Aportación al estudio del proceso contra el Temple en Castilla”, Revista de Archivos, Bibliotecas y Museos.- LXIX,1, 1961, pág. 50-51.
[3] Morales. Summa de varios privilegios, citado por J,A. Martín Fernández en Templarios en Salamanca. Concilio Provincial Compostelano celebrado en Salamanca en octubre del año 1310. (Salamanca, Diputación de Salamanca, 2010), pág. 166.
Nota: En la imagen destacada, los restos del castillo templario de Alba de Aliste, residencia del maestre provincial de los templarios durante los hechos comentados en este artículo.

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